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10. El derecho
a la comunicación y a fundar medios de comunicación
social y a acceder, en igualdad de condiciones, a frecuencias de radio
y televisión.
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13. La inviolabilidad
y el secreto de la correspondencia. Esta sólo podrá
ser retenida, abierta y examinada en los casos previstos en la ley.
Se guardará el secreto de losasuntos ajenos al hecho que motive
su examen. El mismo principio se observará con respecto a cualquier
otro tipo o forma de comunicación.
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Art. 81: "El
Estado garantizará el derecho a acceder la fuentes de información;
a buscar, recibir, conocer y difundir información objetiva,
veraz, plural, oportuna y sin censura previa, de los acontecimientos
de interés general, que preserve los valores de la comunidad,
especialmente por parte de periodistas y comunicadores sociales.
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Asimismo, garantizará
la cláusula de conciencia y el derecho al secreto profesional
de los periodistas y comunicadores sociales o de quienes emiten opiniones
formales como colaboradores de los medios de comunicación.
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No existirá
reserva respecto de las informaciones que reposen en los archivos
públicos, excepto de los documentos para los que tal reserva
sea exigida por razones de defensa nacional y por otras causas expresamente
establecidas en la ley. Los medios de comunicación social deberán
participar en los procesos educativos, depromoción cultural
y preservación de valores éticos. La ley establecerá
los alcances y limitaciones de su participación.
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Se prohibe la publicidad
que por cualquier medio o modo promueva la violencia, el racismo,el
sexismo, la intolerancia religiosa o política y cuanto afecte
a la dignidad del ser humano".
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Art. 94: "Toda
persona tiene derecho a acceder a los documentos, bancos de datos
einformes que sobre sí misma o sobre sus bienes consten en
entidades públicas o privadas, así como a conocer el
uso que se haga de ellos y su propósito.
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Podrá solicitar
ante el funcionario respectivo, la actualización de los datos,
o su rectificación,eliminación o anulación si
fueren erróneos o afectaren ilegítimamente sus derechos.
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Si la falta de atención
causare perjuicio, el afectado podrá demandar indemnización.
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La ley establecerá
un procedimiento especial para acceder a los datos personales queconsten
en los archivos relacionados con la defensa nacional". Como parte
interesante de la nueva Constitución de 1998 en su Art. 97
se halla la referencia al deber de los ciudadanos de respetar la honra
y de decir la verdad (numerales 5 y 8 respectivamente).
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